3.7. Alumnado de familias temporeras
Caracterización del sector
Cada año, cuando se acerca la época de la vendimia, y en menor medida la recolección de la patata, llegan hasta Álava numerosas personas y familias enteras dispuestas a trabajar en el campo durante unas semanas. La mayor parte de estas personas aparecen en los pueblos de la Rioja alavesa, y algunas en la Montaña y la Llanada alavesa, en torno a setiembre-octubre, permanecen mientras duran las tareas de recolección y tienen trabajo, y luego se van a otras zonas o vuelven a sus lugares de origen. De ahí que, habitualmente, al referirse a estas personas se hable de "trabajadores temporeros", intentado englobar bajo esos términos a todo el colectivo.
Sin embargo, conviene señalar que el colectivo de trabajadores temporeros, como cualquier otro, está compuesto por personas y grupos con características muy diferentes: en función de su origen; de que vengan solas, en grupos organizados o en grupos familiares; de que hayan sido contratadas en origen, hayan trabajado en años anteriores para determinados agricultores, o vengan a probar suerte; de que tengan regularizada su situación administrativa o no, en el caso de las personas de origen extranjero; de que sólo acudan a las tareas de recolección o participen también en otras tareas agrícolas, a lo largo del año, en la zona... En función de éstas y otras características pueden variar, sustancialmente, sus condiciones de vida, sus posibilidades de trabajo y, en general, sus necesidades.
En este informe nos limitaremos exclusivamente a la situación de las personas menores, los hijos e hijas de las familias temporeras que acuden con sus padres y se encuentran en edad de escolarización.
Se trata de un grupo de chicos y chicas variable cada temporada pero que, en los últimos años han oscilado entre los 541 (año 2000) y los 205 (año 2009), de los cuales aproximadamente entre un 20% y un 60% (según el año) han sido escolarizados durante unas semanas en los centros educativos de las zonas o comarcas citadas.
Los antecedentes
Desde 1995, la institución del Ararteko ha venido efectuando un seguimiento sobre la situación de la población temporera en Álava, centrado, entre otras cuestiones, en las condiciones de escolarización de los hijos e hijas de los trabajadores temporeros que acuden con sus familias a las tareas agrícolas.
En el año 2002 este tema fue objeto de un informe extraordinario (Situación de la población temporera en Álava), presentado y debatido en el Parlamento Vasco y que fue objeto de diferentes iniciativas: proposición no de ley sobre trabajadores temporales, aprobada por el Parlamento Vasco el 12 de diciembre de 2002; moción referente a los trabajadores temporeros, aprobada por las Juntas Generales de Álava el 20 de enero de 2003.
Para la realización del informe se utilizaron diferentes fuentes de información:
– visitas a los asentamientos y alojamientos;
– visitas a los centros escolares;
– entrevistas a trabajadores temporeros con trabajo y sin él;
– entrevistas a agricultores;
– reuniones con equipos y personas implicadas directamente en programas de atención: trabajadoras sociales de base, equipos docentes de los centros educativos, equipos que llevan programas socioeducativos, responsables de la Ertzaintza...;
– peticiones de datos a instituciones locales y territoriales;
– análisis de memorias anuales sobre programas llevados a cabo;
– reuniones con las personas responsables de diferentes departamentos afectados (Diputación Foral de Álava y Gobierno Vasco)...
Y se seleccionó la información de acuerdo con un criterio de utilidad: que sirviera para conocer mejor la realidad y para poder intervenir mejor sobre ella. Así se organizó de acuerdo con los cuatro centros de interés sobre los que hemos venido insistiendo reiteradamente: 1) contrataciones; 2) alojamientos; 3) escolarización; 4) integración social. De hecho, la estructura básica del informe (capítulos 2 a 5) y el agrupamiento de las propias recomendaciones responden, en gran medida, a dicho esquema.
Tras la publicación del informe y la aprobación de la proposición no de ley del Parlamento y la moción de Juntas, el seguimiento del Ararteko ha venido diferenciando, por un lado, las actuaciones concretas llevadas a cabo en cada campaña y, por otro, los planes o actuaciones a medio plazo. Así, por ejemplo, en el informe del año 2004 se reflejaron independientemente los datos correspondientes a la campaña de ese año (en cada uno de los bloques de recomendaciones; uno de ellos, mejoras en la escolarización...), y los pasos dados, especialmente en relación al Plan Integral, la Mesa interinstitucional y algunas propuestas de desarrollo normativo (cfr. Informe 2004, cap. I, apdo. 1.1.2).
Habitualmente, el seguimiento de esta institución se ha concretado, en diferentes actuaciones:
– Reuniones con el Consejero de Agricultura del Gobierno Vasco.
– Participación, inicialmente, en la Mesa de Temporerismo promovida por la Diputación Foral de Álava y, posteriormente, en la Mesa interinstitucional sobre trabajo temporero de la CAPV creada por el Decreto 97/2003.
– Expedientes de oficio dirigidos a la Diputación Foral de Álava, a los Departamentos de Agricultura, de Educación y de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco.
– Visitas in situ a diferentes instalaciones o servicios…
Y los referentes han sido, casi siempre, las 17 recomendaciones de nuestro informe y las dos propuestas institucionales arriba citadas. Especialmente en lo que refiere a las actuaciones de oficio o peticiones de información llevadas a cabo ante las diferentes instituciones o departamentos. Así:
– Al Departamento de Agricultura se le solicitaba información actualizada sobre el desarrollo del Plan Integral, el funcionamiento de la Mesa interinstitucional, las líneas de ayuda para acondicionar las instalaciones destinadas a trabajadores temporeros...
– Al Departamento de Educación, sobre las medidas y actuaciones llevadas a cabo para el cumplimiento de las recomendaciones 13 y 14 del informe, sobre escolarización de los menores.
– Al Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre el decreto que regula los requisitos mínimos que deben cumplir los alojamientos de los temporeros...
– A la Diputación Foral de Álava, sobre la convocatoria de ayudas para acondicionar las instalaciones destinadas a trabajadores temporeros...
Los últimos años, sin embargo, hemos limitado el seguimiento propiamente dicho al tema de la escolarización de menores (cfr. Informe 2005 y siguientes), que será el que aquí se aborde.
Los problemas fundamentales
De acuerdo con lo observado, la situación de las familias temporeras y también la de sus menores depende fundamentalmente de:
– Cuáles son sus condiciones de contratación.
– Cuáles son sus condiciones de alojamiento.
– Qué posibilidades reales tienen para escolarizar a sus hijos e hijas.
– Cuál es el grado de sensibilización social o de implicación de la población de acogida.
A estos cuatro condicionantes (analizados cada uno de ellos de manera específica en diferentes capítulos del informe de referencia) hay que añadir un quinto elemento que también es fuente de problemas: la disparidad de administraciones, instituciones y servicios implicados en la respuesta de sus necesidades, y las dificultades que en tales casos suelen darse para lograr una buena coordinación entre todos los agentes intervinientes.
Desde la perspectiva que aquí nos ocupa, centrada específicamente en la situación de los menores, debemos destacar de forma especial dos de los temas o problemas ya señalados:
– Las condiciones de los alojamientos en los que muchas veces viven (furgonetas, acampadas, lonjas, viviendas semiabandonadas…).
– Las posibilidades y condiciones de escolarización en los centros de la zona.
Todos los temas o problemas abordados, sin duda, influyen en la situación de los menores, pero estos dos parece que lo hacen de forma más directa y que afectan, al menos, a dos de sus derechos básicos: a la educación y a la salud.
Nos detendremos, pues, especialmente en ellos.
Las propuestas de mejora
El informe de referencia efectuaba una serie de recomendaciones, dirigidas a las administraciones implicadas, sobre cada una de las cuestiones analizadas en profundidad:
– Sobre la implicación de instituciones y servicios y la mejora de los mecanismos de coordinación interinstitucional.
– Sobre el control y mejora de las condiciones de contratación.
– Sobre la mejora de las condiciones de alojamiento.
– Sobre las mejoras en la escolarización y atención a menores de familias temporeras.
– Sobre la sensibilización social y la integración en la comunidad.
Recogemos aquí, simplemente, el enunciado de las 17 recomendaciones del Ararteko (para no perder la visión global), y desarrollaremos solamente las tres dirigidas a mejorar la escolarización y atención a los menores.
– Las tres recomendaciones sobre la implicación de instituciones y servicios proponían:
• Reforzar el papel de la Mesa de temporerismo –u otro instrumento similar– como mecanismo de coordinación interinstitucional.
• Lograr la implicación institucional de todas las administraciones concernidas.
• Incrementar temporalmente la capacidad de respuesta de determinados servicios en las zonas afectadas.
– Sobre el control y mejora de las condiciones de contratación, efectuamos cinco recomendaciones:
• Impulsar las contrataciones en origen.
• Denunciar y perseguir las subcontrataciones.
• Facilitar los trámites de contratación e incrementar la intervención de la Inspección de trabajo.
• Potenciar la creación o gestión de bolsas de trabajo temporal.
• La negociación de un convenio agrario para Álava.
– Sobre la mejora de las condiciones de alojamiento, que afectan muy directamente a las condiciones de vida y a la salud de los menores, proponíamos:
• Regular las condiciones de los alojamientos destinados a la población temporera.
• Arbitrar o utilizar vías de ayuda institucional a la habilitación o acondicionamiento de locales como alojamiento.
• Promover y apoyar las iniciativas de albergues o equipamientos comunitarios.
• Clarificar y desarrollar las funciones de control e inspección de locales.
– En un cuarto bloque, nos centramos en las mejoras a introducir en la escolarización y atención de menores de familias temporeras. Nos extenderemos en ello:
Los pasos dados en la escolarización y atención a los niños y niñas que acuden a las campañas agrícolas junto con sus familias, los logros alcanzados, así como las dificultades para mejorar las respuestas, se expusieron con detalle en el capítulo 4 del informe. Seguramente, de los cinco grandes temas abordados en el informe, es éste en el que, durante los años de seguimiento, se han experimentado mayores avances y se han tomado más iniciativas. En estas recomendaciones se trataba, pues, no tanto de plantear propuestas novedosas cuanto de insistir en algunas de las líneas de actuación iniciadas, y buscar su mejora y sus mayores efectos.
Así, de acuerdo con la experiencia de los años y teniendo en cuenta muchas de las aportaciones recogidas de los propios agentes educativos, el Ararteko proponía:
• Incrementar, por todos los medios, el grado de escolarización de menores (Recomendación nº 13), que en ningún caso llegaba al 50% de los menores "censados" y que, en muchas ocasiones, se limitaba a su asistencia esporádica a clase durante uno o pocos días.
Para lograr un mayor grado de escolarización y asistencia a clase, se propone:
* Seguir con las ayudas al transporte y al comedor escolar así como con el apoyo de los programas socioeducativos.
* Analizar la desigual asistencia de algunos colectivos en función de factores como la edad, el género, la localización, o la procedencia, y favorecer su real escolarización mediante medidas específicas (etapa 0-3 años; mayores de 12 años; chicas; menores de origen portugués).
* Sensibilizar a todas las partes sobre la exigencia y obligatoriedad de la escolarización.
* Lograr la implicación directa de todos los centros ubicados en la zona.
* Incidir –cuando sea posible y aunque sólo sea indirectamente– en la escolarización en origen, aportando la información disponible a las autoridades competentes.
• Mejorar la respuesta educativa de los centros (Recomendación nº 14), para lo que se propone:
* Potenciar la relación o el intercambio de información y documentación con los centros de origen, cuando existe una escolarización normalizada.
* Elaborar alguna ficha personal o certificación que facilite el seguimiento entre centros y en años posteriores.
* Facilitar la formación específica del profesorado, su incorporación a los centros con suficiente antelación a la presencia de temporeros, y el intercambio de experiencias y materiales.
* Adaptar los proyectos de centro, programas, actividades y agrupamientos escolares a las necesidades básicas de los menores (habilidades sociales, técnicas instrumentales...).
* Coordinar las intervenciones escolares con las que se desarrollan en los programas socioeducativos extraescolares, buscando el refuerzo mutuo en el logro de objetivos básicos.
* Favorecer la integración en la dinámica escolar (espacios, actividades, grupos) en todos los casos en que se considere posible...
* Plantearse la conveniencia y viabilidad de contar con profesionales de otro perfil (con conocimiento de portugués o pertenecientes a las culturas de origen...).
• Continuar y extender los programas socioeducativos (Recomendación nº 15), subvencionados por el Departamento de Bienestar Social de la Diputación Foral de Álava y gestionados por diferentes asociaciones, valorados por todos como una experiencia positiva, para el logro de sus propios objetivos y como fórmula de apoyo a otros servicios educativos o sociales. En este sentido, se propone:
* Extenderlos a todas las zonas y localidades con presencia de familias temporeras.
* Clarificar las responsabilidades de las asociaciones y el personal educador en relación con las de otras instituciones y profesionales (servicios sociales, centros educativos...).
* Facilitar su coordinación con otras instancias y el logro de objetivos comunes.
– Finalmente, efectuamos dos recomendaciones sobre la sensibilización social y la integración en la comunidad:
• Desarrollar programas y actividades de sensibilización social.
• Informar a la población temporera sobre sus derechos, obligaciones o los servicios disponibles.
Además de estas 17 recomendaciones del informe, hay que hacer aquí referencia a la Recomendación general del Ararteko, de 1997, sobre "Las condiciones de alojamiento de los trabajadores temporeros y sus familias"
Los seguimientos
Como ya se ha señalado, el seguimiento del Ararteko sobre la situación de la población temporera ha utilizado diferentes vías y ha ido variando en función de las circunstancias.
A modo de ejemplo, resumiremos aquí el seguimiento del año 2007, especialmente significativo, porque dicho año se realizó una evaluación intermedia del Plan Integral de Atención al Trabajo Temporero (aprobado en junio de 2004) y, por otra parte, se iniciaron los pasos para la elaboración de un nuevo Plan, para el periodo 2008-2011.
La dinámica establecida en la Mesa Interinstitucional de Trabajo Temporero, en la que participó un representante del Ararteko, (con documentos muy pormenorizados, memorias, propuestas, foros de participación en los que pueden tomar parte todas las entidades y sectores concernidos) hizo que el nivel de información sobre el tema fuese muy amplio.
Además, buena parte de los documentos (de evaluación o de planificación) que se elaboran, una vez revisados y aprobados, son de conocimiento público e incluso son presentados y debatidos en el Parlamento Vasco, lo que hace innecesario recogerlos aquí.
Tanto los planes como las evaluaciones realizadas siguen el esquema desarrollado en nuestro informe de referencia. Con cuatro grandes bloques (y para cada uno de ellos, una serie de objetivos y líneas de actuación):
1) Mejora de las condiciones de contratación.
2) Mejora de los alojamientos.
3) Atención a menores.
4) Sensibilización social e integración en la comunidad.
Ello permite apreciar, con cierta facilidad, cuáles han sido los avances más significativos y en qué aspectos y mejoras hay que seguir insistiendo.
Se trata de documentos muy amplios, por lo que no procede traerlos aquí. Cualquier persona o entidad interesada puede acudir a ellos. Pero sí podemos recordar aquí cuáles están siendo las principales líneas de actuación o los objetivos perseguidos y, posteriormente, destacar algunos elementos.
Lo primero puede resumirse en el siguiente cuadro:
ÁREA DE ACTUACIÓN | OBJETIVOS Y ACCIONES PRINCIPALES | ||||
1) Mejora de las condiciones de contratación | – Impulsar las contrataciones de origen. – Facilitar los trámites de contratación. – Reforzar el papel de la Inspección de Trabajo. – Potenciar la creación o gestión de bolsas de trabajo temporal. – Negociación de un convenio agrario colectivo. – Potenciar la formación profesional ocupacional. – Elaborar una guía práctica sobre prevención de riesgos laborales. |
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2) Alojamientos | – Establecer una normativa que regule las condiciones a cumplir, por los alojamientos destinados a la población temporera, tanto en las explotaciones individuales como en alojamientos colectivos. – Establecer líneas de ayuda para la habilitación o acondicionamiento de locales de alojamiento en explotaciones individuales. – Promover la creación y acondicionamiento de alojamientos comunitarios. |
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3) Atención a menores ligados a temporeros | – Incrementar el grado de escolarización de los menores. • Mantener las ayudas al transporte y a los comedores escolares. • Analizar la respuesta actual de los diferentes grupos o colectivos de menores y planificar medidas específicas que favorezcan su escolarización. • Estudiar la creación de cauces para el intercambio de información con los centros escolares de origen. • Seguir desarrollando los programas socioeducativos y de sensibilización hacia la escolarización. – Mejorar la respuesta educativa de los centros implicados. • Lograr la implicación directa de todos los centros de cada zona. • En los casos de escolarización normalizada en los lugares de origen, potenciar la relación y el intercambio de información entre ambos centros. • Elaborar una ficha que recoja el itinerario escolar de los menores con el fin de facilitar su seguimiento en otros centros y en años posteriores. • Facilitar la formación específica del profesorado y favorecer el intercambio de experiencias. • Preparar con suficiente antelación todos los recursos necesarios (humanos y materiales) para atender a la población temporera. • Adaptar los proyectos del centro a las características y necesidades de los menores. • Coordinar las intervenciones escolares con las contempladas en los programas socioeducativos. • Favorecer, siempre que se considere posible, la integración de los menores en la dinámica escolar. • Analizar la conveniencia de contar con profesionales de otro perfil diferente, incorporando personas con conocimiento de idiomas y culturas de los lugares de origen de los temporeros. – Continuar y extender los programas socioeducativos. • Desarrollar los programas socioeducativos en todas aquellas zonas que acogen población temporera. • Definir las competencias de cada una de las entidades participantes en los programas (servicios sociales, centros educativos, asociaciones…) y coordinar las actuaciones planteadas en cada área. |
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4) Sensibilización social e integración en la comunidad | – Desarrollar programas y actividades de sensibilización social. • Concienciación de los diferentes colectivos implicados (tanto de las personas temporeras como del colectivo agricultor) encaminada al reconocimiento de ambos como sujetos de derechos y obligaciones. • Sensibilización social hacia las situaciones en las que se desarrolla la vida y el trabajo de estas personas. – Informar a la población temporera sobre sus derechos, obligaciones o los servicios disponibles. • Información al temporero respecto a los servicios y recursos existentes en nuestras zonas. |
La evaluación intermedia (del 2006) trata de concretar, para cada uno de los objetivos o líneas de actuación:
– Cuál ha sido su grado de consecución.
– La conveniencia o necesidad de continuar.
– Si se considera necesario o no el cambio y en qué sentido.
– Quién o quiénes son los responsables de ejecutarlo.
– El gasto realizado (cuando éste es cuantificable).
En general, podemos decir que el grado de consecución de los objetivos es bastante alto y que, al mismo tiempo, se considera necesario seguir insistiendo y continuar con la mayor parte, de las acciones previstas. En determinadas cuestiones, la necesidad de mejorar en el futuro parece mayor, especialmente en los dos primeros campos. Así, por ejemplo:
– En las inspecciones de los contratos y las condiciones laborales de las personas trabajadoras temporeras.
– En la agilización de las contrataciones en origen.
– En la elaboración de un convenio agrario para la CAPV.
– En el control del cumplimiento de las normas en materia de prevención de riesgos laborales.
– En el registro y control de los alojamientos.
– En la normativa de uso y cesión de los alojamientos colectivos y no colectivos.
– En la inspección de alojamientos…
A partir de ese momento, el seguimiento específico del Ararteko durante los últimos años se ha limitado al tema de la escolarización de menores, tanto mediante expedientes de oficio dirigido al Departamento de Educación del Gobierno Vasco, como mediante la visita a alguno de los centros educativos de la Rioja alavesa.
A esto hay que añadir, como fuentes de información complementaria, la tramitación de alguna queja y la lectura de algunas memorias que aportan información, por ejemplo, sobre las condiciones de alojamiento que, en muchos casos, afectan también a menores. En este sentido, todo apunta a que siguen dándose situaciones inaceptables a pesar de la aprobación del Decreto 248/2006, por el que se regulaban los requisitos mínimos de los alojamientos para personal temporero, ya que la intervención institucional es muy escasa (en cuanto al registro y acreditación de los mismos, en cuanto a las inspecciones o en cuanto a la intervención municipal). Lo que sí se han atendido son ciertas solicitudes de ayudas a través de diferentes programas.
Datos esenciales – indicadores. Grado de escolarización
El seguimiento anual efectuado por esta institución nos permite disponer de datos bastante fiables tanto respecto a la población infantil temporera presente en la zona como a la atendida en los centros escolares durante las semanas de campaña agrícola.
En general, durante los últimos años, se ha apreciado un descenso notable en el número de menores presentes en la zona con sus familias y, al mismo tiempo, un grado de escolarización durante el tiempo de permanencia en la zona que ha ido mejorando, al menos en determinados tramos de edad (especialmente de los 3 a los 12 años).
A modo de ejemplo, ofrecemos los datos del curso 2006-2007 y del curso 2009-2010, tanto de la población menor de edad "censada" como de sus condiciones de alojamiento y de escolarización.
Así, de acuerdo con el informe de gestión del 2006, el número de menores de 0 a 16 años "censados" en grupos familiares establecidos en la Rioja alavesa fue de 203, lo cual supone un descenso significativo respecto a años anteriores, y buena parte de ellos provenían de Portugal. Se visitaron 94 alojamientos en la zona, de todo tipo. El número de menores alojados en viviendas acondicionadas que cumplían las recomendaciones marcadas en nuestro informe de referencia, era de 13. La mayoría de los menores (99) estaban alojados en lonjas, bordas, almacenes o bodegas. En las dos acampadas de Elvillar, en tiendas y lonas sin agua corriente, se contabilizaron 15 menores. Otros 30 en casas viejas; 36 en caravanas o furgonetas…
En la zona de Salvatierra sólo se detectaron ese año 3 menores, de una sola familia, en un almacén que tampoco reunía las condiciones exigibles. En la cuadrilla de Campezo/Kanpezu, el número de menores fue de 20, todos ellos procedentes de Portugal y pertenecientes a 7 familias, alojados en lugares que no cumplían unos mínimos higiénicos.
En las tres zonas, comparando con los datos de años anteriores, se observó una tendencia a la baja en cuanto al número de menores. Aprovechando la escolarización, así como los programas socioeducativos impulsados por la Diputación Foral de Álava, se llevaron a cabo diferentes iniciativas de educación en la salud: desayunos en los centros, asistencia a los comedores escolares, duchas, difusión de materiales de higiene buco-dental…
En cuanto a la escolarización propiamente dicha, en el siguiente cuadro podemos apreciar cuál fue la lograda en los diferentes niveles en función de dos variables como la edad y el sexo, en el caso de la Rioja alavesa:
Niveles educativos | 0-3 años | 3-6 años (E. Infantil) | 6-12 años (E. Primaria) | 12-16 (ESO) | TOTAL | |||||
Sexo | Niñas | Niños | Niñas | Niños | Niñas | Niños | Niñas | Niños | Niñas | Niños |
Total de menores | 18 | 7 | 24 | 22 | 50 | 47 | 4 | 9 | 96 | 85 |
Escolarización | 0 | 0 | 19 | 20 | 40/41 | 39/40 | 0 | 2 | 59/60 | 61/62 |
% escolarizado | 0 | 0 | 79,1 | 90,9 | 82 | 85,1 | 0 | 22,2 | 61,4 | 71,7 |
Fuente: Instituto Foral de Bienestar Social de la Diputación Foral de Álava. Memoria, informe de gestión 2006.
La Memoria destacaba como aspectos positivos el alto porcentaje de escolarización lograda ese año, la duración de la misma (algo más de seis semanas en Laguardia, Elciego y Lanciego), o el que se favoreciera la integración escolar en determinadas materias.
Respecto a los/las menores de origen portugués, ese año, en la Rioja alavesa fueron 87: de ellos, fueron escolarizados 35; los no escolarizados, en edad de escolarización obligatoria, fueron 28, y según la información recogida en las visitas a los alojamientos, unos 59 menores no estaban escolarizados en origen (34 de ellos de 3 a 16 años).
Respecto a la escolarización lograda, éstas son algunas consideraciones significativas:
– Sigue dándose una escasa escolarización de mayores de 12 años, que obligatoriamente, por ley, tendrían que acudir a los institutos. (Las razones fundamentales del absentismo escolar son: el desplazamiento a otra localidad, escaso nivel académico…).
– Comparando datos con años anteriores, se observa una mayor proporción de menores escolarizados: prácticamente el 60% de los "censados" ese año frente al 30% del año anterior, lo cual supone una importante reducción del absentismo escolar.
Respecto al último año del que disponemos datos (campaña del 2009), de la respuesta ofrecida por el Departamento de Educación a nuestra petición de información podemos destacar los siguientes:
– La escolarización de este alumnado durante la campaña se había realizado en los siguientes centros de la Rioja Alavesa:
• CEP Víctor Tapia, de Laguardia: del 29 de septiembre al 20 de octubre, con un máximo de 13 alumnos/as de entre 3 y 10 años.
• CEP Elciego: con una asistencia máxima de 24, del 22 de septiembre al 20 de octubre (20 de E. Primaria y 4 de E. Infantil).
• CEP Ramiro de Maeztu (Oion): del 28 de septiembre al 9 de octubre; máximo de asistencia: 8 alumnos/as, algunos transportados desde Kripan y Viñaspre.
• CEP Labastida: cuatro alumnos, de los cuales dos han continuado escolarizados en el centro una vez finalizada la vendimia.
• CEIPS Assa Ikastola, de Lapuebla de Labarca: 17 alumnos (12 de E. Primaria y 5 de E. Infantil).
• CEP Lantziego Ikastola: a partir del 18 de septiembre, con un máximo de 14 menores escolarizados.
– En cuanto al profesorado de apoyo destinado al programa había sido de 9 personas (igual número que en la campaña anterior): un profesor o profesora a los centros de Oion y Labastida, dos en los centros de Lantziego, Elciego y Laguardia, contratación de un profesor en Assa.
El informe elaborado por la Delegación de Educación de Álava, además de los datos de escolarización, ofrece una valoración bastante detallada, centro a centro, respecto a diferentes cuestiones, como:
– La utilización de espacios y la organización escolar.
– Las actividades formativas llevadas a cabo con el alumnado.
– La valoración, tanto aspectos positivos como negativos, efectuada por cada docente implicado en el programa…
Recoge también una serie de propuestas de mejora. Señalemos aquí, de forma muy resumida algunos de estos elementos, puesto que pueden orientar actuaciones futuras:
– En bastantes centros existe un problema de locales que exige habilitar para aula otros espacios como la biblioteca escolar, durante el tiempo de campaña.
– En general se suelen programar aspectos no sólo académicos sino también referidos a la formación en valores cívicos (como el respeto a las personas y las cosas o el ejercicio de la tolerancia) y hábitos de higiene personal.
– El transporte y el comedor escolar son de uso muy generalizado.
– Los niveles de integración en la organización habitual del centro varían mucho según los casos: es frecuente que el alumnado de E. Infantil se integre plenamente en las aulas ordinarias de dicha etapa; en E. Primaria lo más habitual es crear un grupo específico con este alumnado, separado de los grupos estables, si bien con algunas actividades en común, que van desde compartir el recreo o el comedor hasta trabajar conjuntamente parte de las áreas.
– En general, sin ocultar las dificultades, el profesorado hace una valoración positiva del trabajo, y señala aspectos positivos como la cooperación entre el equipo docente, la coordinación con los servicios sociales, la buena disposición del alumnado, lo enriquecedor del trabajo tanto para el alumnado de temporada como para el alumnado estable…
– También se señalan algunos aspectos negativos o mejorables, por ejemplo, respecto a reforzar la comunicación, mejorar la formación específica del profesorado, lograr un mayor conocimiento o relación con las familias, agilizar la provisión de plazas cuando resulten necesarias…
Conviene recordar, además, que con buena parte de estos menores, gracias a los programas socioeducativos impulsados por el Departamento de Política Social y Servicios Sociales de la Diputación Foral de Álava, se llevan a cabo otras actividades igualmente educativas aunque no estrictamente escolares (actividades de tiempo libre, desarrollo de hábitos de higiene personal o de alimentación, orientación sobre necesidades sanitarias…).
Resulta de interés contrastar o completar estos datos (cuya fuente es la Delegación Territorial de Educación del Gobierno Vasco) con algunos de los que aporta el Departamento de Política Social y Servicios Sociales de la Diputación Foral de Álava en la Memoria descriptiva elaborada por el Instituto Foral de Bienestar Social sobre temporerismo agrícola correspondiente al ejercicio 2009, memoria remitida a la institución del Ararteko con fecha 11 de marzo de 2010.
Así, respecto a lo que solemos llamar como "censo" de la población temporera y, en concreto, de menores de familias temporeras presentes en la zona, podemos destacar los siguientes datos:
Cuadrillas | Nº de menores | Nº de familias | Nº total de adultos | % origen Portugal | Nº de alojamientos |
Laguardia-Rioja Alavesa | 201 | 66 | 1.656 | 60% | 111 |
Salvatierra | 0 | 0 | 51 | 0% | 5 |
Campezo-Montaña Alavesa | 4 | 4 | 48 | 65% | 7 |
TOTAL | 205 | 70 | 1.755 | 60% | 123 |
Fuente: Diputación Foral de Álava / Memoria del Instituto Foral de Bienestar Social. 2009 / Elaboración propia.
Centrándonos en los datos de La Rioja Alavesa, única comarca en la que en ese curso se dieron escolarizaciones, nos encontramos con 86 menores escolarizados sobre un total de 201 censados en la zona, lo que supone un 43% de escolarización. Este porcentaje, sin embargo, varía mucho según las edades o etapas educativas, como se puede apreciar en la tabla siguiente:
NIVEL EDUCATIVO | Nº TOTAL MENORES "CENSADOS" | Nº DE MENORES ESCOLARIZADOS | % ESCOLARIZACIÓN |
E. Infantil 0-6 años | 101 | 18 | 17,82 |
E. Primaria 6-12 años | 86 | 64 | 74,42 |
E.S.O. 12-16 años | 14 | 4 | 28,57 |
TOTAL | 201 | 86 | 42,79 |
Fuente: Diputación Foral de Álava / Memoria del Instituto Foral de Bienestar Social. 2009 / Elaboración propia.
Respecto a la no escolarización (al menos, mientras dura la campaña de la vendimia) y a sus razones, nos parecen de interés los siguientes datos:
NIVEL EDUCATIVO | MENORES CENSO | NO ESCOLARIZACIÓN | % DE NO ESCOLARIZACIÓN en edad escolar obligatoria |
0-3 años | 57 | 57 | – |
3-6 años | 44 | 26 | – |
6-12 años | 86 | 22 | 25,58 |
12-16 años | 14 | 10 | 71,42 |
TOTAL | 201 | 115 | 32 |
Fuente: Diputación Foral de Álava / Memoria del Instituto Foral de Bienestar Social. 2009 / Elaboración propia.
Como complemento de la escolarización propiamente dicha, conviene recordar que gracias a los programas socioeducativos impulsados desde el Instituto Foral de Bienestar Social, se aprovecha para trabajar hábitos y llevar a cabo actuaciones en materia de alimentación, higiene personal, vestuario o salud de los menores, además de incidir en las familias para favorecer la escolarización.
Luces y sombras en la respuesta institucional
Hay que reconocer que la respuesta institucional a nuestras propuestas o recomendaciones para mejorar la situación de la población temporera ha sido diligente y mantenida en el tiempo.
Sin duda, ha influido en ello la proposición no de ley aprobada por el Parlamento Vasco en 2002, o la moción igualmente aprobada por las Juntas Generales de Álava en 2003, en los dos casos tras la presentación y debate de nuestro informe. Ello supuso la creación de nuevos mecanismos o vías de colaboración (como la Mesa Interinstitucional), la concreción de los objetivos y líneas de actuación en diferentes Planes, así como su evaluación o valoración periódica, la disponibilidad de un presupuesto específico, la rendición de cuentas en sede parlamentaria…
Así, podemos decir que en todos los temas tratados se han producido avances, aunque no en todos del mismo grado.
En cuanto a los dos temas que aquí más nos interesan se siguen dando todo tipo de situaciones. Así:
– Respecto a las condiciones de los alojamientos se mantienen todavía algunas situaciones que no reúnen las mínimas condiciones de salubridad.
– Y respecto a la escolarización en la zona, a pesar de los recursos y programas puestos en marcha, todo apunta a que se produce una barrera o un techo difícil de romper, seguramente en muchos casos por factores culturales o que tienen que ver con la escolarización (o no escolarización) en origen.
Hay, pues, mucho trabajo realizado, pero también mucho por mejorar.
La visión de las quejas
No es fácil que una población que está de paso y apenas conoce los servicios o instituciones a los que, en teoría, podría acudir en defensa de sus derechos, presente una queja.
En ocasiones, personal del propio Ararteko de visita en la zona, al hablar con trabajadores temporeros y conocer, por ejemplo, el impago de un trabajo ya realizado o las condiciones de alojamiento, ha animado a esas personas a que presentaran una denuncia. La respuesta, casi siempre, ha sido clara: "No ganaríamos nada, y perderíamos nuestras posibilidades de volver a ser contratados".
Las quejas recibidas, normalmente, han tenido un carácter informal y han llegado a través de otras personas o servicios sociales que intervienen en la zona. En cuanto a los motivos de queja, suelen ser los ya citados: un asentamiento o un alojamiento que no reúne las condiciones mínimas; una serie de menores que no acuden a la escuela; un centro escolar que no dispone de los recursos adecuados…
Cuando el trabajo de campo ha sido posible, las propias visitas de personal del Ararteko han sido una importante fuente de información para el Ararteko que ha dado pie a diferentes actuaciones. Cuando ello ha sido imposible, han resultado de gran utilidad las informaciones y memorias aportadas por los servicios sociales de base, por las asociaciones que llevan a cabo programas socioeducativos en la zona o por el propio Instituto de Bienestar Social de la Diputación Foral de Álava.
La visión de los propios menores y de sus familias
Cuando uno acude a un centro de la zona y habla con los chicos o chicas de familias temporeras en él escolarizados, en general, observa y escucha manifestaciones de satisfacción sobre el transporte, sobre el comedor, sobre el tiempo y la actividad escolar, sobre el tiempo de recreo, sobre las actividades extraescolares…
Cuando acude a un asentamiento o a un alojamiento y se encuentra, en horario escolar, con población infantil que no ha acudido a la escuela, puede escuchar todo tipo de razones, tanto de los propios menores (que, en ocasiones, querrían acudir a la escuela pero tienen que atender otras obligaciones) como en boca de sus familiares.
Las causas o excusas que las propias familias suelen poner para no escolarizar a sus hijos e hijas suelen ser:
– Que van a estar pocos días (Corta duración de la estancia).
– El miedo al transporte escolar.
– Que el menor o la menor en cuestión tiene que cuidar de otros menores de edad, mientras ellos trabajan en el campo.
– El miedo a que acuda solo y no sea bien tratado.
– La permanencia de una persona adulta responsable al cuidado de los menores (como alternativa a la escolarización)…
Así, por ejemplo, entre las causas manifestadas por las familias en el último año para no escolarizar a sus hijos e hijas, destacan como más frecuentes:
– En el caso de menores en el tramo 0-3 años de dad, que se trata de niño/s muy pequeños, y que iban a estar poco tiempo.
– En el caso de mayores: poco tiempo en la zona, o que ya hay una persona que se queda a su cuidado.
Evolución
Como ya se ha dicho, según sea el año y las condiciones de la campaña, existe una gran variabilidad en lo que respecta a la población temporera presente en la zona y, más en concreto, respecto al nº de menores y sus necesidades de escolarización.
Lo podemos comprobar en las siguientes tablas, en las que se resumen algunos datos recogidos durante los últimos diez años.
AÑO | TOTAL PERSONAS | MENORES | FAMILIAS GRUPOS | ESTANCIA MEDIA/DÍAS | Nº MENORES ESCOLARIZADOS | % DE MENORES ESCOLARIZADOS |
2000 | 1.197 | 407 | 155 | 19 | 176 | 43% |
2001 | 1.093 | 298 | 78 Familias 5 Grupos | 15 | 118 | 40% |
2002 | 1.308 | 286 | 73 Familias 17 Grupos | 13 | 113 | 40% |
2003 | 1.824 | 316 | 93 Familias 38 Grupos | 13 | 78 | 25% |
2004 | 2.136 | 434 | 115 Familias 42 Grupos | 18 | 84 | 19% |
2005 | 2.125 | 366 | 104 Familias 61 Grupos | 20 | 113 | 31% |
2006 | 1.476 | 203 | 87 Familias 49 Grupos | 20 | 121 | 60% |
2007 | 1.686 | 213 | 60 Familias 77 Grupos | 15 | 69 | 33% |
2008 | 1.637 | 198 | 60 Familias 72 Grupos | 20 | 78 | 39% |
2009 | 1.656 | 201 | 66 Familias 47 Grupos | 13 | 86 | 43% |
Fuente: Diputación Foral de Álava. Memorias anuales del Instituto Foral de Bienestar Social.
AÑO | TOTAL PERSONAS | MENORES | FAMILIAS GRUPOS | ESTANCIA MEDIA/DÍAS | Nº MENORES ESCOLARIZADOS | % DE MENORES ESCOLARIZADOS |
2001 | 189 | 30 | 10 Familias 14 Grupos | 12 | 5 | 17% |
2002 | 208 | 34 | 15 Familias 19 Grupos | 11 | 5 | 15% |
2003 | 268 | 38 | 17 Familias 15 Grupos | 13 | 0 | 0% |
2004 | 180 | 13 | 5 Familias 19 Grupos | 7 | 0 | 0% |
2005 | 149 | 5 | 3 Familias 15 Grupos | 10 | 1 | 20% |
2006 | 38 | 3 | 1 Familias 4 Grupos | 14 | 1 | 33% |
2007 | 86 | 3 | 1 Familias 14 Grupos | 14 | 1 | 33% |
2008 | 80 | 0 | 0 Familias 9 Grupos | 10 | 0 | – |
2009 | 51 | 0 | 0 Familias 5 Grupos | 13 | 0 | – |
Fuente: Diputación Foral de Álava. Memorias anuales del Instituto Foral de Bienestar Social.
AÑO | TOTAL PERSONAS | MENORES | FAMILIAS GRUPOS | ESTANCIA MEDIA/DÍAS | Nº MENORES ESCOLARIZADOS | % DE MENORES ESCOLARIZADOS |
2005 | 116 | 22 | 9 Familias 13 Grupos | 13 | 7 | 32% |
2006 | 115 | 20 | 7 Familias 11 Grupos | 14 | 6 | 30% |
2007 | 119 | 32 | 17 Familias 9 Grupos | 16 | 8 | 25% |
2008 | 103 | 11 | 8 Familias 11 Grupos | 17 | 4 | 36% |
2009 | 48 | 4 | 4 Familias 5 Grupos | 20 | 0 | 0% |
Fuente: Diputación Foral de Álava. Memorias anuales del Instituto Foral de Bienestar Social.
La evolución, como muestran los datos, ha sido muy diferente según se trate de una zona de vendimia (Rioja Alavesa) o de zonas dedicadas tradicionalmente al cultivo de la patata.
Respecto al nº de menores presentes y a su escolarización, que es lo que aquí nos ocupa de manera especial, se puede decir que, aunque se aprecie un descenso notable en las necesidades de escolarización, éstas todavía siguen siendo significativas en la comarca de la Rioja Alavesa.
Otros datos disponibles (aunque no reflejados aquí) refuerzan la necesidad de intervención social, especialmente los que hacen referencia a la escolarización o no en origen, por ejemplo en la población que proviene de Portugal, y a las condiciones de alojamiento de muchas de las familias con menores, mayoritariamente en lonjas, bordas, almacenes, pabellones o bodegas que no siempre reúnen las condiciones mínimas exigibles.
A modo de síntesis o conclusión (elementos más destacables)
El trabajo llevado a cabo durante estos años en Álava con respecto a las condiciones de la población temporera es un buen ejemplo de colaboración interinstitucional. Permite apreciar los avances experimentados en la respuesta a las necesidades de una población especialmente vulnerable pero también, y al mismo tiempo, reconocer los límites de la intervención ante situaciones de gran tradición y arraigo social.
Así, por ejemplo, respecto a la escolarización de los menores, se han arbitrado los recursos necesarios para ella (transporte, comedor, profesorado, aulas…) y se ha logrado cierto grado de asistencia, pero existe un techo de escolarización difícil de romper (especialmente entre mayores de 12 años y menores de tres años), al igual que resulta muy difícil lograr una verdadera inclusión en la dinámica escolar de los centros de la zona o lograr una continuidad con la escolarización de este alumnado en sus lugares de origen.
Parecidos avances y límites se pueden apreciar también en los otros grandes temas abordados:
– En las condiciones de contratación (con incrementos anuales de las contrataciones en origen, pero que sólo alcanzan a una parte de la población temporera y de los agricultores contratantes).
– En las condiciones de alojamiento (con locales que van mejorando sus condiciones y otros que siguen sin reunir los mínimos requisitos).
– En el grado de sensibilización social e implicación de la población de acogida, en el que todavía se aprecian prácticas y niveles de compromiso muy diferentes.
Todo ello influye en las condiciones de vida de las personas menores de edad presentes en la zona durante el periodo de recolección, cuestión principal que hemos querido abordar en este capítulo.
Recomendaciones
Como se ha recordado en las páginas anteriores, en el informe extraordinario sobre la Situación de la población temporera en Álava efectuamos ya 17 recomendaciones que buscaban la mejora en todas las cuestiones consideradas esenciales: en la coordinación interinstitucional; en las condiciones de contratación; en las condiciones de alojamiento; en las condiciones de escolarización; en las condiciones de integración social. Posteriormente, efectuamos también una Recomendación general, de carácter más amplio y concreto, sobre "Las condiciones de alojamiento de los trabajadores temporeros y su familia", (cuyo contenido íntegro se recoge en la versión digital de este informe).
Tal y como hemos pretendido mostrar en este capítulo, en todos los temas se han producido avances y en todos siguen existiendo cuestiones pendientes o necesitadas de mejora. Mejoras que –seguimos creyendo– deben ir en la misma línea apuntada en nuestras recomendaciones e, igualmente, en los planes aprobados durante estos años.
No se trata pues, aquí, de efectuar nuevas recomendaciones específicas para este sector de la población, sino en insistir en la vigencia y utilidad de las ya efectuadas, con una especial atención en aquellas que mayor incidencia directa tienen en la vida y los derechos de las personas menores de edad, como son las condiciones de los alojamientos en los que viven (vehículos, zonas de acampada, locales cedidos por los agricultores…) y las condiciones en las que son escolarizados en los centros educativos de la zona.
Sólo la voluntad institucional y la continuidad del trabajo durante muchos años lograrán superar prácticas todavía asentadas y que ponen en riesgo los derechos de este sector vulnerable de la población.
Evidentemente, también pueden ser de aplicación a este sector de la población buena parte de las recomendaciones que respecto al sistema educativo, hacemos en el capítulo 5 de este informe.
Recomendación general, de 1997, sobre «Las condiciones de alojamiento de los trabajadores temporeros y sus familias»
En los últimos tres años la institución del Ararteko ha efectuado un seguimiento de las condiciones en las que viven los trabajadores temporeros y sus familias, en diferentes zonas de Álava, durante el trabajo de la vendimia o de la recogida de la patata. Se han analizado básicamente cuatro cuestiones problemáticas:
– los sistemas de contratación;
– las condiciones de alojamiento;
– las condiciones de escolarización;
– los grados de integración-exclusión social respecto al entorno.
Respecto a las condiciones de escolarización de los hijos e hijas de las familias que acuden a los trabajos de temporada, ya el año 1995 esta institución efectuó una serie de gestiones y recomendaciones y, de hecho, se ha podido apreciar una evolución favorable.
También el año pasado (1996) el informe anual recogía una serie de propuestas de actuación institucional para la mejora de la situación de estas personas en el ejercicio de sus derechos. Se señalaban, en concreto, tres campos de actuación preferente:
1. El desarrollo normativo y el cumplimiento de la legalidad.
2. La coordinación entre diferentes instituciones y agentes sociales.
3. La información a estas personas sobre derechos y servicios.
El seguimiento efectuado este último año (que queda recogido en el capítulo 2 del Informe ordinario de 1997) ha permitido valorar algunos avances en cuestiones ya abordadas y, al mismo tiempo, analizar con mayor intensidad una de las cuatro cuestiones arriba señaladas: las condiciones de alojamiento de los trabajadores temporeros y sus familias. Esta recomendación se centrará precisamente en esta cuestión: la de los alojamientos.
El trabajo de campo permite observar situaciones muy diversas y diferenciar, como mínimo, cuatro de ellas:
a) la de las personas acogidas ocasionalmente en los albergues promovidos por las instituciones;
b) la de las familias que acampan en zonas o campamentos previstos para ello;
c) la de las personas y familias que se alojan en locales habilitados por los agricultores o las empresas contratantes;
d) la de las familias y personas que pernoctan donde y como pueden, al no disponer de otras condiciones mejores.
Permite también diferenciar implicaciones y actuaciones de diferentes estamentos:
• iniciativas de instituciones cuyo ámbito es el territorio histórico (por ejemplo, de la Diputación Foral de Álava), como la puesta en marcha de albergues;
• implicaciones de las autoridades locales, por ejemplo, autorizando o habilitando lugares de acampada;
• acondicionamiento de locales para alojar a estas personas por parte de los propios contratantes (bien sea en unidades de explotación familiar, o bien en el caso de empresas vitivinícolas)...
Es evidente que las necesidades de alojamiento difieren mucho según los casos (trabajadores solos, familias completas...) y que, por tanto, no es posible ofrecer una única solución igualmente válida para dar respuesta a todas las necesidades que se presentan.
Lo que sí es posible es fijar algún criterio básico y común en el que se puedan fundamentar las diferentes soluciones y, en función de ello, delimitar las responsabilidades que correspondan a unos u otros agentes sociales. Y siempre desde la perspectiva de los derechos que asisten a estas personas. Acudiremos para ello a diferentes ámbitos del derecho, sin perder de vista que el tema que nos ocupa es siempre el de las condiciones de alojamiento de un determinado colectivo.
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El derecho a una vivienda adecuada y digna es un derecho reconocido constitucionalmente y que ya se recoge en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948. Este derecho ha sido desarrollado en diferentes instrumentos de carácter internacional:
• Convenios (como el Convenio internacional sobre la protección de los derechos de los trabajadores migrantes y los miembros de sus familias, de 1950).
• Pactos (como el Pacto internacional de los derechos económicos, sociales y culturales, de 1996).
• Declaraciones y recomendaciones (como la Declaración sobre asentamientos humanos de Vancouver, de 1976).
• Resoluciones de la ONU sobre la realización del derecho a una vivienda adecuada (numerosas resoluciones: de la Asamblea General, del Consejo Económico y Social, de la Comisión de Derechos Humanos, de la Comisión de Asentamientos Humanos, de la Subcomisión para la Prevención de la Discriminación y la Protección de las Minorías...).
Algunos de estos convenios, pactos, declaraciones y resoluciones tienen un carácter general; otros, sin embargo, se refieren a situaciones específicas o a la aplicación de tal derecho a los colectivos más vulnerables. No se trata aquí de efectuar un recorrido por tales instrumentos y ver su aplicabilidad a la situación que nos ocupa. Sin embargo, sí puede resultar de interés analizar dos cuestiones centrales para nosotros:
• qué se entiende por una vivienda «adecuada»;
• y qué papel corresponde a los gobiernos, y a otros agentes, a la hora de garantizar tal derecho.
Tomemos, por ejemplo, uno de los últimos documentos trabajados por la ONU respecto a esta cuestión. Nos referimos al Programa de Habitat (Objetivos y Principios, Compromisos y Plan de Acción Mundial), aprobado por el Comité Preparatorio de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (A/CONF. 165/ L.1 de 12 de abril de 1996).
El programa de Habitat caracteriza lo que debe ser considerado como una vivienda adecuada en los siguientes términos:
"43. Una vivienda adecuada significa algo más que tener un techo bajo el que guarecerse. Significa también disponer de un lugar privado, espacio suficiente, accesibilidad física, seguridad adecuada, inclusive en lo que atañe a la tenencia, estabilidad y durabilidad estructurales, iluminación, calefacción y ventilación suficientes, una infraestructura básica adecuada que incluya servicios de abastecimiento de agua, saneamiento y eliminación de desechos, factores apropiados de calidad del medio ambiente y relacionados con la salud; y un emplazamiento adecuado y con acceso al trabajo y a los servicios básicos, todo ello a un costo razonable. La determinación de la idoneidad de todos estos factores debe hacerse con las personas interesadas, teniendo en cuenta la perspectiva del desarrollo gradual. El criterio de idoneidad suele variar de un país a otro, pues depende de factores culturales, sociales, ambientales y económicos particulares...".
Y entre las medidas que deben adoptar los gobiernos a fin de promover, proteger y velar por el logro gradual del derecho a una vivienda adecuada señala, por ejemplo, lo siguiente:
"d) Supervisar y evaluar con eficacia las condiciones de alojamiento; inclusive el número de personas sin hogar y de viviendas deficientes y, en consulta con la población afectada, formular y adoptar políticas de vivienda apropiadas y poner en práctica estrategias y planes eficaces para hacer frente a estos problemas".
El Programa de Habitat dedica una especial atención a los «grupos vulnerables» integrados por personas entre las que se encuentran «los trabajadores migratorios». Así, señala que:
"72. La vulnerabilidad es la incapacidad de competir en condiciones de igualdad para conseguir recursos y oportunidades. La vulnerabilidad suele estar causada por la marginación y la exclusión de alguien de las tendencias socioeconómicas predominantes y de los procesos de adopción de decisiones. Para reducir la vulnerabilidad, es necesario mejorar y garantizar el acceso de los miembros de grupos vulnerables a la vivienda, la financiación, la infraestructura, los servicios sociales básicos, los mecanismos de protección social y los procesos de adopción de decisiones".
Las resoluciones o los criterios señalados son de carácter general -se refieren a los asentamientos o a las viviendas en general- sin entrar a concretar situaciones específicas, como pueden ser las de los trabajadores temporeros.
En el plano internacional —que es en el que, de momento, nos estamos moviendo— será la Organización Internacional del Trabajo (OIT) la que, en algunas de sus recomendaciones y convenios, establecerá una serie de criterios específicos para estos colectivos. Así, por ejemplo:
• La Recomendación 16/1921 sobre el alojamiento de los trabajadores agrícolas señala:
"Que cada Miembro de la Organización Internacional del Trabajo reglamente, si no lo hubiera ya hecho, por vía legislativa o en otra forma, las condiciones de alojamiento de los trabajadores agrícolas, teniendo en cuenta las condiciones especiales climatológicas o de otra clase que influyan en el trabajo agrícola del país, y previa consulta a las organizaciones interesadas de empleadores y de trabajadores, cundo estas organizaciones existan.
Que dicha reglamentación se aplique a todos los locales provistos por los empleadores para alojar a sus trabajadores, individualmente, en grupos o con sus familias, ya se los aloje en las casas de dichos empleadores o en edificios puestos por los mismos a su disposición.
Que dicha reglamentación contenga las disposiciones siguientes:
a) a menos que las condiciones climatológicas hagan innecesaria la calefacción, los alojamientos destinados a familias obreras, a grupos de trabajadores o a trabajadores aislados deberán tener habitaciones que puedan ser calentadas;
b) los locales destinados al alojamiento de grupos de trabajadores deberán estar provistos de un lecho para cada uno de los ocupantes, y estar amueblados y situados de manera que permitan a los obreros el aseo personal; habrá locales separados para el alojamiento de las personas de diferente sexo; y en el caso de locales ocupados por familias, se tomarán disposiciones adecuadas en lo que concierne a los niños;
c) los establos, cuadras y cobertizos no podrán ser utilizados como locales para dormitorio de obreros.
Que cada Miembro de la Organización Internacional del Trabajo tome medidas para garantizar la aplicación de las disposiciones de dicha reglamentación".
• El Convenio sobre política social (normas y objetivos básicos) de 22 de junio de 1962, en su artículo sexto establece el siguiente criterio: «Cuando las circunstancias en que los trabajadores estén empleados los obliguen a vivir fuera de sus hogares, las condiciones de trabajo deberán tener en cuenta sus necesidades familiares normales». E igualmente señala que, cuando la vivienda forma parte de la remuneración, la autoridad competente deberá tomar todas las medidas para garantizar que es adecuada.
• La Recomendación 165/1981 sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, refiriéndose concretamente a los trabajadores temporeros señala, en su artículo 21, que con el fin de proteger a estos trabajadores, muchos de los cuales tienen responsabilidades familiares, deberían reglamentarse y supervisarse adecuadamente las condiciones en que ejercen su trabajo. Y en el apartado segundo de ese mismo artículo establece como criterio que, en la medida de lo posible, las condiciones de empleo de los trabajadores temporeros deberían ser equivalentes a las de los trabajadores permanentes.
También la OIT señala las condiciones mínimas que, con carácter general, debe tener una vivienda adecuada. (Véase, por ejemplo, la Recomendación 115/1991, de 7 de junio, sobre la vivienda de los trabajadores.)
Es normal que en los instrumentos internaciones se fijen criterios y se efectúen recomendaciones de carácter general, sin entrar a detallar situaciones que pueden varias sustancialmente de unos lugares a otros. La aplicación de tales criterios (globales) a las diferentes situaciones (particulares) que se dan en un determinado territorio corresponde a cada gobierno, o a cada administración competente en dicho territorio. Por ello, el logro de un mismo objetivo (en nuestro caso, la mejora de las condiciones de vida y de alojamiento de los trabajadores temporeros y de sus familias) podrá ser abordado en cada lugar de formas o mediante programas diferentes, adecuadas a las circunstancias de cada situación.
Así, la problemática del alojamiento de los trabajadores temporeros y de sus familias es abordada en nuestro entorno a través de iniciativas de diferente signo. Señalamos algunas de ellas, a título de ejemplo:
• El establecimiento de vías de ayuda económica dirigidas expresamente a tal fin.
Estas ayudas van destinadas unas veces a los propios agricultores (por ejemplo, las ayudas para la reforma de las explotaciones agrarias destinadas a la «mejora de las condiciones de vida y de trabajo de los empleados en las explotaciones», contemplada en el art. 5 del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero), y otras veces a asociaciones o entidades sin fines de lucro (por ejemplo, las ayudas para el acondicionamiento de alojamientos previstas en la Orden de 4 de noviembre de 1994, del Ministerio de Asuntos Sociales, sobre medidas de apoyo a las migraciones interiores).
• La fijación de las condiciones mínimas, materiales y funcionales, que deben cumplir determinados servicios, a efectos de autorización, registro, acreditación, inspección... (vía utilizada, por ejemplo, por la Consejería de Asuntos sociales de la Junta de Andalucía para regular los centros de servicios sociales, Decreto 87/1996, de 20 de febrero; Orden de 29 de febrero de 1996, y utilizada también por la propia Administración vasca para otro tipo de servicios como los albergues e instalaciones destinadas a la estancia y alojamiento de grupos infantiles y juveniles, Orden de la Consejería de Cultura de 12 de noviembre de 1997).
• La inclusión en los convenios colectivos del sector de la responsabilidad del contratante respecto al alojamiento de los temporeros, o de las condiciones de habitabilidad dignas que deben tener los alojamientos (ej.: convenios de La Rioja o de la provincia de Jaén).
• Las ayudas a las corporaciones locales para la asistencia a los trabajadores y sus familias, que contemplan incluso la puesta en marcha de determinados servicios como guarderías para hijos de los trabajadores temporeros (por ejemplo, en la Orden de 10 de enero de 1992, de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía).
Como se puede comprobar por los ejemplos anteriores, la problemática particular de este colectivo se puede abordar de un modo totalmente específico, mediante normativas propias o acuerdos que contemplen su situación, o bien aprovechando vías o normas de carácter más general en las que tales situaciones encuentren acomodo. Ambas vías son utilizadas y pueden servir al objetivo perseguido.
En el momento actual, ni en nuestra Comunidad ni en el Territorio Histórico de Álava existe, por ejemplo, un convenio colectivo agrícola, pero sí existen iniciativas legislativas o marcos normativos que pueden ser utilizados o desarrollados para resolver la problemática aquí planteada. La tramitación parlamentaria, iniciada ya, del Anteproyecto de Ley de Desarrollo Rural constituye, sin duda, una oportunidad para abordar estas y otras cuestiones. De igual modo, determinados textos normativos actualmente vigentes, como el Decreto 210/1990, de 30 de julio, sobre ayudas a las explotaciones agrarias del País Vasco, o el Decreto 168/1997, de 8 de julio, por el que se regulan las explotaciones agrarias prioritarias en la Comunidad Autónoma del País Vasco, pueden servir como vía para la canalización de posibles ayudas institucionales a la «modernización » de las explotaciones, concepto que, tal y como queda recogido en la exposición de motivos del último decreto citado, incluye las mejoras de las condiciones de vida y trabajo del personal.
De hecho, algunas empresas y agricultores de la zona han obtenido subvenciones públicas para sus proyectos de habilitación de locales destinados al alojamiento de los trabajadores temporeros y sus familias. No obstante, el análisis de la realidad de los alojamientos en la zona alavesa pone al descubierto que hay muchas cuestiones que deben ser objeto de clarificación. Así:
a) la responsabilidad que corresponde al contratante (sea éste un agricultor o una empresa) a la hora de atender las necesidades de alojamiento de los trabajadores y sus familias;
b) las condiciones mínimas, materiales y funcionales, exigibles a cualquier situación para que pueda considerarse "digna";
c) la responsabilidad de las diferentes administraciones (locales, forales...) a la hora de autorizar, supervisar o velar por el cumplimiento de tales condiciones.
Por todo ello, el Ararteko recomienda regularizar las condiciones mínimas (materiales, higiénicas y funcionales) que deben cumplir los diferentes alojamientos destinados a los trabajadores temporeros y a sus familias, regularización que debe servir como criterio para la posible adjudicación de ayudas publicas, para la autorización e inspección de los alojamientos y, en última instancia, para garantizar unas condiciones dignas de tales alojamientos.
Recomendación general, de 2000, sobre «Regulación de las condiciones de los alojamientos de temporeros»
Desde el año 1996 el Ararteko ha reflejado en todos los informes anuales al Parlamento su preocupación y sus propuestas en relación con la situación de los trabajadores temporeros y la de sus familias, que acuden, especialmente, a la vendimia y a la recogida de patata en Álava (cfr. capítulos 1 de los informes de 1996 a 1999). Habitualmente se ha centrado en cuatro cuestiones de especial trascendencia:
– sistemas de contratación;
– condiciones de alojamiento;
– escolarización de sus hijos e hijas;
– integración-exclusión social.
La recomendación general que aquí se efectúa se centra en uno de los cuatro aspectos citados: las condiciones de las instalaciones destinadas al alojamiento de los temporeros.
No es la primera vez que el Ararteko aborda de forma directa esta cuestión. Así, en el informe de 1997 incluyó una recomendación general sobre la necesidad de regular las condiciones de alojamiento de los trabajadores temporeros y sus familias, y en el informe del último año (1999) fue objeto de una atención preferente.
Sin embargo, a pesar de las propuestas, no se ha logrado ninguna mejora significativa de la situación, y la cuestión de los alojamientos sigue siendo un tema pendiente, fuente periódica de dudas, problemas y preocupaciones.
Durante el año 2000, en una de las reuniones de la Mesa interinstitucional creada para abordar la problemática de los trabajadores temporeros de Álava (reunión de 22 de febrero) se planteó la conveniencia de que el Ararteko volviese a analizar la cuestión, aún no resuelta, de los alojamientos de estas personas y de sus familias, y elaborase algún documento o propuesta que pudiera servir de referencia a los componentes de la Mesa.
En respuesta a tal petición, la institución del Ararteko mantuvo reuniones de trabajo con responsables de diferentes administraciones competentes en el tema (algunas de ellas, como los departamentos del Gobierno Vasco, no presentes en la Mesa interinstitucional) y, posteriormente, elaboró un dossier con sus propuestas de regulación, que entregó formalmente a la Diputada Foral de Bienestar Social de Álava, en cuanto responsable o impulsora de la citada Mesa, e hizo llegar a las diferentes instancias.
La recomendación general que aquí se hace recoge, en esencia, el contenido del dossier y las propuestas presentadas con fecha de mayo de 2000, sobre las que no existe todavía, en el momento de redactar este informe, una respuesta concreta por parte de ninguna de las instituciones competentes.
Normalmente, las intervenciones sobre esta cuestión efectuadas hasta este año por la institución del Ararteko han pretendido describir y analizar el problema, y proponer las actuaciones institucionales necesarias para mejorar su situación, de acuerdo con las funciones que la Ley le adjudica y sin entrar en concreciones que corresponden a otras instancias. Sin embargo, tanto en el dossier elaborado como en esta recomendación se ha dado un paso más y se aportan algunos ejemplos y propuestas concretas que se consideran útiles para desbloquear la situación.
La recomendación se estructura en tres partes:
1. Una primera, descriptiva, en la que se refleja la realidad observada y las diferentes necesidades por cubrir (resumen, en parte, de análisis efectuados en los años anteriores).
2. Una segunda, en la que se ofrece información sobre diferentes iniciativas y proyectos, de otros lugares (que pueden servir como elementos de referencia).
3. Una tercera parte, en la que se aborda la cuestión desde el punto de vista competencial y se proponen los instrumentos jurídicos para su regulación (recomendación y propuestas).
1. Asentamientos y alojamientos de los trabajadores temporeros y sus familias en Álava. Situaciones a tener en cuenta
Uno de los problemas que suele darse al analizar la problemática de los temporeros es el de la falta de datos globales y fiables sobre su realidad. Existen, sí, datos parciales sobre determinadas cuestiones (sobre menores que se escolarizan, personas que acuden a las oficinas de información o que utilizan los albergues de Salvatierra y Laguardia, trabajadores que han sido dados de alta en la Seguridad Social), pero mediante ellos resulta muy difícil obtener una visión global -cuantitativa y cualitativa- de los problemas del sector.
Respecto a los datos específicos sobre alojamientos y asentamientos, el problema es similar. En algunos casos concretos, bien por iniciativa municipal, bien por medio de programas promovidos por el Instituto Foral de Bienestar Social, se han recogido y se conocen algunos datos sobre esta cuestión. Así, por ejemplo, limitándonos a las últimas campañas, contamos con algunas fuentes de datos que podemos utilizar, aunque no exista todavía un censo fiable de locales o alojamientos. Para mayor claridad y seguridad, recogeremos aquí los datos correspondientes a la campaña de 1999 (sobre la que se ha podido disponer de todas las memorias).Respecto a los datos del 2000, se incluyen algunos, en función de su disponibilidad en el momento de redactar esta recomendación (diciembre de 2000). Centrándonos, pues, en las fuentes de datos de las campañas de 1999, podemos señalar las siguientes:
– Respecto a la zona de recogida de patata, la memoria que elaboró Cáritas sobre el trabajo con temporeros y agricultores el año 1999 aporta datos de interés, obtenidos mediante 112 encuestas en 36 pueblos de la Llanada, Valle de Arana y Montaña alavesa.
– En la zona de la Rioja alavesa, la intervención de los servicios sociales de base y la realización durante los últimos años de un programa de atención e intervención socioeducativa en Elciego ha logrado, por ejemplo, no sólo la escolarización o la realización de actividades relacionadas con la alimentación, la salud, la higiene o el uso del tiempo libre de un número considerable de menores, sino, también, la recopilación de datos globales sobre la situación del colectivo de familias y trabajadores temporeros que acuden a esta localidad. Los informes anuales elaborados por el equipo educativo de Hezilan, encargado del desarrollo de este programa subvencionado por el Departamento de Bienestar Social de la Diputación Foral de Álava, recogen muchos datos de interés para intervenciones posteriores: origen de las familias, composición de los núcleos familiares, años que llevan viniendo a la vendimia, registros de escolarización... La extensión de estos programas a otras localidades (Lanciego y Kanpezu en el año 2000) permitirá aumentar el grado de conocimiento de la realidad.
– El Estudio sobre el temporerismo en la Rioja alavesa, promovido por la Secretaría de Servicios Sociales y del que se presentó un informe en abril de 2000, ofrece una visión amplia de la disponibilidad, ocupación, tipología, condiciones y capacidad de los diferentes alojamientos existentes en la zona, así como de las dificultades sentidas por los propios agricultores respecto a esta cuestión... Datos, todos ellos, recogidos mediante encuesta y entrevista a una muestra de propietarios de explotaciones en la zona.
En la campaña de vendimia de 1999, además, se dio una circunstancia nueva y con incidencia directa en la cuestión que aquí abordamos: la supresión de la zona de acampada que se solía habilitar en Elciego en años anteriores. Evidentemente, esta decisión, mantenida los dos últimos años, ha tenido una consecuencia directa en las condiciones de asentamiento de muchas familias, acostumbradas a acudir los años anteriores y acampar en ella. Personal de la institución del Ararteko comprobó in situ los problemas y la incertidumbre que, sobre todo en los primeros momentos después de la llegada, se les plantearon a muchas de estas familias.
La decisión de suprimir la zona de acampada se debe, entre otras razones, al criterio de que sean las partes contratantes las que asuman la responsabilidad de alojar a las personas contratadas. Este criterio es compartido por esta institución, y así lo ha mantenido en todo momento. El problema surge cuando los contratantes no asumen, de hecho, esta responsabilidad o lo hacen en unas condiciones que no respetan la dignidad de las personas o unos mínimos exigibles. Mínimos que, por otra parte, no están definidos, ya que falta una normativa específica que los regule, o un acuerdo que los precise.
En anteriores informes de esta institución se han diferenciado cuatro situaciones-tipo respecto a las condiciones de alojamiento de estas personas:
a) la de las personas acogidas -normalmente, durante uno o dos días- en los albergues promovidos por las instituciones;
b) la de las familias que acampan en zonas o campamentos previstos para ello;
c) la de las personas y familias que se alojan en locales habilitados por los agricultores o las empresas contratantes;
d) la de las familias y personas que pernoctan donde y como pueden, por no disponer de otras condiciones mejores.
Existen también otras diferenciaciones significativas y de gran importancia. Una de ellas es la que distingue entre el alojamiento de quienes acuden a la zona a trabajar sin familia, y quienes llevan consigo a toda la familia. Lógicamente, las necesidades son muy diferentes en un caso u otro.
Aportaremos aquí algunos datos, correspondientes principalmente a la campaña de 1999, sobre cada una de las cuatro situaciones señaladas. En unos casos se trata de informaciones entresacadas de las memorias; en otros, de datos obtenidos en las visitas a asentamientos y locales realizadas por personal del Ararteko los días 29 de septiembre y 6 de octubre de 1999. Haremos también alguna referencia a la situación observada el año 2000, a raíz de las visitas efectuadas a diferentes lugares los días 17 y 18 de octubre.
a) Albergues
En 1998, una vez finalizadas las obras, se puso en servicio el albergue permanente de Salvatierra, promovido por la Diputación Foral de Álava, con capacidad para 31 personas. Respecto al albergue temporal de Laguardia, durante los últimos años se han habilitado los locales de la piscina municipal para un número determinado de plazas (48 personas), y se han utilizado criterios similares de funcionamiento (estancias de un máximo de dos noches, manutención...).
Las demandas que reciben y el servicio que ofrecen estos dos servicios son bastante diferentes: menor en el caso de Salvatierra (93 hombres, a lo largo de cuatro semanas y sin problemas de saturación el año 99), y mucho mayor en el caso de Laguardia (192 hombres y 13 mujeres, a lo largo de once días ese mismo año). En este caso, la capacidad del albergue fue desbordada durante los primeros días de funcionamiento, teniendo que ser ampliada en 16 plazas más de forma provisional. Esta situación de desbordamiento se ha reproducido, con mayor intensidad, el último año, en el que ha permanecido abierto sólo diez días, con una ocupación del 100%, habiendo optado, al final, por su cierre anticipado, debido a importantes problemas de gestión.
Es claro que la fórmula de los albergues presenta serias limitaciones, e incluso contradicciones. También ofrece elementos positivos: colaboración entre distintas instituciones, implicación de los servicios asistenciales de base y del voluntariado de la zona, atención a colectivos especialmente vulnerables como el de inmigrantes extranjeros (84 de los 93 acogidos en Salvatierra, y el 80% de los acogidos en Laguardia el año 99), ofrecimiento de otros servicios además del alojamiento (ropa, comida, aseo, botiquín, información...).
Así, según los datos y valoraciones recogidos en las memorias técnicas de tales servicios, hasta este último año se podía mantener que la vía de los albergues, incluso con sus limitaciones (máximo de dos días de estancia, limitaciones de horario, saturación en determinados días, desigual grado de implicación por parte de los agentes sociales...) ofrecía un servicio útil para un colectivo de personas especialmente vulnerable, que acude a la vendimia o a la recogida de patata por libre o en pequeños grupos no familiares, formado mayoritariamente por personas de origen extranjero (especialmente del Magreb). Los problemas surgidos en el albergue de Laguardia el último año obligan a revisar la situación y la valoración del servicio ofrecido en esta zona. Una revisión que tendría que tener en cuenta, entre otros elementos, la situación de provisionalidad y las condiciones materiales y de seguridad del albergue de Laguardia, y la evolución creciente del número de personas que acude a esta zona sin tener resueltas sus necesidades de alojamiento.
Hay, al menos, dos características del funcionamiento de estos servicios que les diferencian respecto a albergues para temporeros de otros lugares: ofrecen una atención provisional (mientras no hayan sido contratados, no durante el período de contrato), y es la Administración (DFA, no los agricultores) quien corre con todos los costes. Ambas características están relacionadas entre sí y tendrían que ser revisadas en el caso de optar por los albergues como una fórmula de alojamiento estable, cuestión que, en ocasiones, se ha planteado como deseable y sobre la que existe experiencia en otros lugares.
b) Zonas de acampada
Como se ha señalado, los dos últimos años se ha suprimido la tradicional zona de acampada de Elciego, utilizada mayoritariamente por familias del pueblo gitano llegadas a vendimiar desde otros lugares de España y de Portugal.
En la zona de recogida de la patata se ha mantenido, al menos, el campamento de Albaina, en condiciones similares a años anteriores: uno o dos servicios sanitarios, un generador de corriente, un grifo de agua corriente y algunos contenedores de basura. El año 99 se añadió la disponibilidad de un aljibe de agua para el aseo, cedido por el Ayuntamiento, del que no se ha dispuesto en la última campaña. Las "viviendas" siguen siendo, en la mayoría de los casos, chabolas temporales (unas quince), construidas con materiales precarios y sin que reúnan las mínimas condiciones de seguridad y salubridad. Se utilizan también como alojamientos algún autobús viejo y furgonetas. Respecto a posibles acampadas en otros lugares de la zona, carecemos de datos directos, por no haberlas visitado.
La supresión del espacio de acampada de Elciego, sin una alternativa real en bastantes casos, ha hecho que surjan por la zona nuevos lugares de acampada, más pequeños y en condiciones de mayor o menor precariedad, según los casos. Así, por ejemplo, el 6 de octubre de 1999 pudimos visitar algunos asentamientos:
– frente a la antigua zona de acampada, en un espacio cedido por el agricultor contratante para aparcar sus caravanas y furgonetas (5 familias);
– en un camino hacia las viñas, ensanchado al efecto, también en Elciego (6 familias);
– junto a la báscula de Baños de Ebro (9 familias);
– en espacios próximos a alguna lonja o pabellón del agricultor (en Laguardia, Samaniego, Baños, Lapuebla, Elciego...);
– en varias zonas destinadas a acumular materiales de construcción (en Villabuena...).
La mayoría de estas acampadas se han vuelto a reproducir este último año, e incluso han surgido otras nuevas, algunas de ellas bastante grandes, como una de las visitadas en Elvillar (con no menos de 12 familias extensas, el 18 de octubre).
En general, las zonas de acampada están ocupadas por familias extensas o emparentadas entre sí (en algunos casos de más de 40 miembros), que acuden en grupo con sus furgonetas, caravanas o camiones y a las que se ofrece, normalmente, alguna toma de luz y de agua, aunque no en todos los casos. El resto de servicios (sanitarios, ducha, cocina, agua caliente, lugares para dormir...) corre de su cuenta. Las personas acampadas en Elciego han podido utilizar las duchas y servicios de las piscinas municipales, puestas a su disposición.
Prácticamente todas las personas con las que ha podido hablar personal de esta institución consideran que su situación real ha empeorado respecto a años anteriores (por falta de servicios, por lejanía del núcleo de población, dificultad de los accesos...). Alguna manifiesta que la situación es parecida: "igual de mal". También hay quien pone de manifiesto una situación que, a veces, pasa desapercibida: los agricultores contratantes les han ofrecido alojamiento, pero prefieren utilizar sus camiones y remolques y hacer una vida más grupal.
Esta última observación sirve para poner de manifiesto la dificultad añadida que supone, para un correcto alojamiento, el hecho de acudir a la zona, no sólo quienes quieren y pueden trabajar, sino familias completas con todos sus miembros. La experiencia demuestra que esta realidad (acudir en familia) se mantiene año tras año y es previsible que así siga sucediendo, por razones culturales y de mercado. Ante ello, no parece que la mejor solución sea hacer como si no existieran.
c) Alojamientos en locales ofrecidos por los agricultores o empresas contratantes
En el informe anual del Ararteko de 1997 se resumía la situación de este modo:
"Respecto a las personas y familias que son acogidas en locales propiedad de los agricultores o de las empresas contratantes, se han podido constatar situaciones muy dispares: desde locales considerados modélicos y habilitados por algunas empresas de gran capacidad económica (...), hasta espacios sin condiciones mínimas de habitabilidad (normalmente, espacios destinados a guardar los aperos de labranza en diferentes explotaciones, sobre todo de tipo familiar), pasando por algunas iniciativas recientes de habilitación y reforma de locales para tales fines por parte de agricultores de algunas localidades." La observación de campo realizada, esencialmente el año 1999, permite seguir manteniendo básicamente lo dicho.
Durante los días 29 de septiembre y 6 de octubre de ese año se visitaron locales destinados al alojamiento de trabajadores y/o de sus familias en diferentes localidades: de la Llanada alavesa, de la Montaña alavesa, de municipios próximos a nuestra Comunidad y de la Rioja alavesa. Las condiciones de estos alojamientos se anotaron conforme a una ficha de observación elaborada al efecto.
La tipología más habitual en estos locales, según lo visto, puede responder a la siguiente descripción:
– En cuanto al lugar habilitado, pabellones independientes o espacios anexos a la vivienda del agricultor (lonjas, almacenes), dedicados muchas veces, durante el resto del año, al almacenamiento de género o de instrumentos de labranza, y que se despejan o se preparan para acoger a las familias de temporeros en estas fechas.
– En cuanto a las condiciones o los servicios disponibles, lo más habitual es que dispongan de agua corriente y luz, y cuenten con una cocina y algún retrete o baño habilitado, en el propio local o en un lugar próximo. La distribución del espacio suele ser por matrimonios o núcleos familiares, sin más separación que la ofrecida por los colchones en el suelo, alguna mesa o alguna mampara, en el mejor de los casos.
El número de personas acogidas en uno de estos locales varía mucho según los casos. En las visitas efectuadas se ha encontrado todo tipo de situaciones: desde 14 núcleos familiares y 43 personas alojadas en uno de estos pabellones, hasta locales ocupados por una sola familia integrada por 10 personas.
Para una correcta valoración de esta cuestión, conviene no olvidar la enorme variedad de situaciones -tanto de necesidades como de respuestas ofrecidas-, la dificultad de conocer los términos económicos en que se ofrecen estos alojamientos, o la múltiple casuística que se da a la hora de diferenciar entre servicios u objetos ofrecidos por el agricultor o empresa y equipamiento aportado por los propios contratados.
El Informe sobre el temporerismo en la Rioja alavesa, de abril de 2000, promovido por la Secretaría de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Álava, recoge datos significativos sobre la enorme variedad de situaciones que se dan, incluso desde un determinado punto de vista: el de los propios agricultores contratantes. Los datos recogidos de una muestra de 298 agricultores permiten -aunque con muchas reservas sobre su validez y fiabilidad- un mejor acercamiento a la realidad. Así, respecto a la muestra analizada, podemos saber, por ejemplo:
– Cuántos consideran que ofertan alojamiento (64% del total) y cuántos no lo hacen (más de la tercera parte).
– Qué tipos de alojamientos ofrecen: casa (33%), lonja (35%), almacén o pabellón (19%)...
– Qué condiciones mínimas tienen esos alojamientos: agua corriente, luz, baño y cocina (40%); además, agua caliente y literas (30%)...
– Qué estimación de plazas disponibles se podría hacer para la zona (se computan 1.688 plazas en las 193 encuestas positivas, y se hace una estimación que puede llegar a las 4.000-4.500 plazas).
– Qué dificultades encuentra el agricultor para alojar a las personas temporeras: no disponer de un lugar adecuado (27%); necesidad de hacer reformas en el local, lo que le supone mucho gasto para los pocos días que dura la vendimia (10%); problemas de convivencia y dudas sobre su comportamiento (16%)...
Conviene recordar que se trata, en estos casos, de apreciaciones de los propios agricultores, no contrastadas con otras fuentes o con la observación directa de la realidad.
La realidad analizada permite destacar, al menos, dos elementos objetivos que dificultan este tipo de soluciones:
– el tamaño, características y capacidad económica de algunas explotaciones, con pocos recursos para dedicarlos a habilitar un alojamiento en condiciones;
– el tiempo, relativamente escaso, de utilización anual de estas instalaciones como alojamientos (campañas de recogida cortas).
Evidentemente, la capacidad económica de una gran empresa vinícola de la Rioja alavesa poco tiene que ver con los recursos disponibles por un sencillo agricultor que dedica unas hectáreas a la patata. Por lo que hemos visto, las soluciones más dignas respecto a alojamientos corresponden a empresas fuertes o a agricultores especialmente sensibilizados o con infraestructuras adaptables. En algunos casos, a la hora de abordar las obras de habilitación necesarias, han contado con ayudas económicas de las instituciones.
d) Personas a la intemperie y familias que acampan en zonas sin ningún servicio
Algunas de las situaciones observadas y descritas respecto a zonas de acampada podrían entrar, perfectamente, en este apartado. A ello habría que añadir la situación que se suele dar en Laguardia, los días, o mejor las noches, que el albergue tiene ocupadas todas las camas disponibles (personas durmiendo en los soportales del Ayuntamiento, o en la parada del autobús...).
Este tipo de situaciones es más frecuente en los momentos de falta de contrato: cuando todavía no han sido contratados por nadie, o entre contrato y contrato. Pero también se dan, con cierta frecuencia, a pesar de estar contratados, al no asumir la parte contratante la responsabilidad del alojamiento.
***
De acuerdo con las situaciones descritas, esta institución ha venido insistiendo en anteriores ocasiones sobre determinados aspectos. Así, por ejemplo, sobre la necesidad del trabajo coordinado entre las diferentes instituciones y agentes sociales para lograr una mejora de los servicios, sobre la fragilidad de la situación que puede dar origen a problemas aún mayores, sobre el desbordamiento en estas fechas de algunas redes de atención, sobre los diferentes criterios y grados de implicación de las autoridades municipales de las localidades afectadas...
Es justo reconocer que en algunos de estos aspectos se han tomado decisiones, se han puesto medios y se han logrado mejoras: apertura de oficinas de información, colaboración en campañas de sensibilización, reforzamiento de plantillas de profesionales, inicio de alguna experiencia piloto de contratación en origen... Sin embargo, en la cuestión específica de los asentamientos y alojamientos, que es la que aquí se aborda, no se han dado pasos significativos.
En opinión de esta institución, hay dos cuestiones que están en la base de las situaciones que se producen y que, de hecho, se convierten en dificultades objetivas para la resolución de los problemas planteados con relación a los asentamientos y los alojamientos:
– la ausencia de una normativa o acuerdo que especifique las obligaciones de las partes contratantes y, entre ellas, la que se refiere al alojamiento, y que regule las condiciones mínimas que tales locales deben cumplir;
– las dificultades objetivas para resolver algunas necesidades mediante medios estrictamente individuales y la ausencia de iniciativas de respuesta comunitaria o de colaboración entre varios agricultores con problemas similares.
Sigue sin existir un convenio agrícola para el territorio que clarifique estas cuestiones. Sigue sin existir una normativa específica que determine las condiciones mínimas de los locales o los mecanismos de ayuda y de supervisión...Y respecto a las iniciativas de colaboración para resolver problemas comunes, lo más destacable de lo que hayamos tenido conocimiento puede ser el interés manifestado por UAGA en conocer y divulgar las experiencias llevadas a cabo en este sentido por el área de migraciones de la confederación agraria COAG, en el caso de Catalunya (con visita incluida a determinadas instalaciones),o la iniciativa del Ayuntamiento de Leza para disponer, en el futuro, de un local de uso común.
Teniendo en cuenta la realidad de los últimos años, especialmente la carencia de alojamientos por parte de bastantes agricultores y la dificultad objetiva de otros para acoger a familias completas, llama la atención la ausencia de iniciativas de colaboración entre varios para resolver problemas comunes. Es posible, incluso, que determinadas situaciones pudieran ser resueltas sin necesidad de nuevos equipamientos, utilizando los recursos actualmente existentes, pero que no han sido aprovechados para estas funciones. Recursos como el "Alojamiento juvenil de la Montaña alavesa", situado en Bernedo, o la zona de acampada y el edificio construido por el Ayuntamiento, junto a la ermita de San Bartolomé, en Lagrán...
Por otra parte, en la zona de la Rioja alavesa, cada vez es más frecuente la contratación de estas personas, no sólo para la vendimia, sino para realizar otras tareas agrícolas, lo cual supone que los tiempos de estancia se prolonguen y, con ello, sea aún más importante regular, controlar y garantizar las correctas condiciones de los alojamientos.
Por todo ello, esta institución reitera, básicamente, los argumentos que utilizó en 1997 para defender la necesidad de regular el tema de los alojamientos y que le llevó a formular una recomendación de carácter general, incluida en el informe al Parlamento, para "regularizar las condiciones mínimas (materiales, higiénicas y funcionales) que deben cumplir los diferentes alojamientos destinados a los trabajadores temporeros y a sus familias, regularización que debe servir como criterio para la posible adjudicación de ayudas públicas, para la autorización e inspección de los alojamientos y, en última instancia, para garantizar unas condiciones dignas de tales alojamientos."
Los siguientes apartados pretenden avanzar en esa línea, concretar las propuestas y ofrecer algunas vías de solución.
2. Diferentes iniciativas para regularizar la situación en otras comunidades autónomas
Antes de analizar la situación y las propuestas de solución desde una perspectiva jurídica y competencial (lo que se hará en el apartado 3 de esta recomendación), parece interesante recoger aquí, aunque sea telegráficamente, algunas iniciativas, más o menos recientes, tomadas en otras Comunidades y que pueden ofrecer pistas para la solución de los problemas planteados. Evidentemente, cada una de ellas responde a una problemática de determinadas características y adopta determinadas soluciones que pueden resultar inútiles o insuficientes en contextos diferentes. No se trata, pues, de ofrecer modelos de solución directamente aplicables a nuestra situación, sino de plantear alternativas que han podido servir en otros contextos y de las cuales se puede obtener alguna luz.
Limitándonos a zonas relativamente próximas y con presencia significativa de temporeros, podemos señalar las siguientes iniciativas y rasgos respecto a la regulación de los alojamientos:
1) Andalucía:
• Se ha ido creando una red de alojamientos-albergues, arrendados por los ayuntamientos y subvencionados por la Junta de Andalucía, al menos para determinadas campañas o zonas (ej.: aceituna).
• A raíz de los problemas surgidos en El Ejido, parece que se quiere abordar la cuestión de los alojamientos puestos a disposición de los trabajadores por parte de los empresarios.
• Respecto a la atención a necesidades de la familia, existe también una red de guarderías en origen (migraciones internas).
• Conviene recordar que, en muchos casos, no estamos ante un trabajo de temporada, sino de todo o de gran parte del año. En todo caso, se trata de campañas de bastante duración.
2) Catalunya:
Conocemos, básicamente, la experiencia llevada a cabo durante varios años por la COAG, en la que se ha interesado la UAGA. Algunos rasgos destacables de esta experiencia son:
• Combina contratación en origen, red de alojamientos y casas particulares, y gestión integral de los servicios para el agricultor (mediante pago del agricultor a la COAG).
• Algunos ayuntamientos han decidido construir algún alojamiento comunitario.
• Existe convenio agrario y también fijación de las condiciones mínimas de los alojamientos, al menos de hecho.
• Las situaciones familiares son muy minoritarias y no se contemplan en los alojamientos.
3) Rioja:
• Existe, desde hace años, un convenio agrario que recoge explícitamente las obligaciones de la parte contratante respecto al alojamiento de los contratados.
• Sin embargo, situaciones como la del campamento de Bañares hacen dudar del cumplimiento de dicho convenio en esta materia.
4) Navarra:
• Existe un Plan de choque para el alojamiento de los trabajadores temporales en campañas de recolección de productos agrícolas, presentado por el Departamento de Agricultura del Gobierno de Navarra al Parlamento, en respuesta a una moción aprobada en el Pleno del Parlamento el 27 de octubre de 1999.
• Las instituciones consultadas consideran dicho plan como "provisional".
• Busca la creación de una especie de red de casas particulares (no utilizadas) que serían puestas en alquiler, a disposición de los empleadores, para su uso como alojamiento de trabajadores temporales.
• Para fomentar la incorporación de casas a este sistema, propone una deducción de hasta un 20% en el IRPF para quienes inviertan en la adquisición o rehabilitación de locales para este fin.
5) Aragón:
• El Gobierno de Aragón ha publicado varios decretos (el último de ellos el 10 de marzo de 2000) "de ayudas para el acondicionamiento de inmuebles destinados al alojamiento de trabajadores temporales del sector agropecuario".
• Del decreto se pueden destacar dos elementos:
* el nivel de las ayudas concedidas (hasta el 50% de la inversión realizada en el acondicionamiento de los inmuebles);
* la fijación detallada de las condiciones mínimas de habitabilidad que deben cumplir los locales (anexo del decreto).
6) Extremadura:
• El Convenio del campo de Cáceres establece expresamente que "el agricultor deberá facilitar al trabajador una vivienda con unas condiciones dignas de habitabilidad tanto para él como para su familia".
• Los datos ofrecidos por el Observatorio permanente del temporerismo agrícola, en noviembre de 2000, sobre alojamientos de los temporeros de la cereza en el Valle del Jerte ofrecen un panorama variado:
* 50% alojados en albergues y centros de diferente tipo puestos en marcha, sobre todo, por los ayuntamientos en colaboración con las organizaciones sociales.*
30% de alojamientos en casas, garajes o almacenes con condiciones de habitabilidad muy diferentes.
* 19% en acampadas, mayoritariamente en el campamento puesto en marcha por la Junta de Extremadura.
7) Respecto a las zonas de acampada, al margen de la normativa sobre campings (Decreto 41/1981 del Gobierno Vasco), existe alguna iniciativa municipal, como la del Ayuntamiento de Arrasate (no ligada al trabajo temporero, sino al asentamiento de algunas familias nómadas). Va en la línea de lo que existe en municipios de diferentes países para facilitar un espacio de acampada a quienes viajan en autocaravana...:
• habilitar una zona, con servicios mínimos (toma de luz, agua, desagüe, pavimento...);
• regular su uso (número de personas, tiempo máximo de estancia...).
3. Regulación de las condiciones de las instalaciones destinadas al alojamiento de temporeros. Análisis competencial y propuestas
En esta última parte, como cuestión previa, conviene analizar, dentro de la estructura política territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a quién corresponde exigir y regular las condiciones de habitabilidad básicas de las instalaciones para los trabajadores temporales del sector agrario. Esto es, se trata de delimitar, dentro de las relaciones entre instituciones comunes y territorios históricos, cuál es el órgano encargado de regular las materias relacionadas con el sector agrario y con las condiciones de los lugares destinados a un uso residencial y su asentamiento en el territorio.
No abordaremos este tema desde la perspectiva laboral, aunque ello sea posible, ya que el fijar las condiciones de trabajo corresponde al legislador estatal (legislación básica) o, en su caso, reside en el ámbito de la negociación colectiva (convenios agrarios...). Por otra parte, nos centraremos únicamente en la cuestión de los alojamientos.
Según recoge el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Comunidad Autónoma dispone de competencias sobre materias como agricultura (10.9.) o vivienda (10.31.), que permiten entrar a regular las condiciones mínimas de habitabilidad que deben presentar las residencias destinadas al alojamiento temporal de los trabajadores agrarios. La Ley 27/1983, de Territorios Históricos, no atribuye competencias exclusivas en esta materia a las diputaciones forales, por lo que podemos concluir que la regulación normativa de esta materia corresponde a las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma, en concreto al Gobierno Vasco, mediante una disposición reglamentaria.
En virtud de este reparto competencial, al Gobierno Vasco se le podría exigir que estableciera unos criterios mínimos que sirvieran al resto de administraciones con incidencia en el sector (diputaciones forales y ayuntamientos) para preservar el derecho de los temporeros del sector agrícola a un alojamiento digno.
En otros sectores, como es el turístico o la política juvenil, existen varios instrumentos reglamentarios que sirven para fijar algunos parámetros sobre lo que puede ser considerado como servicios mínimos en este tipo de usos residenciales temporales.
Entre otros, encontramos el Decreto 41/1981, de 16 de marzo, sobre Ordenación de Campings en el País Vasco; el Decreto 406/1994, de 18 de octubre, sobre Ordenación de Albergues o Instalaciones Destinadas a la Estancia y Alojamiento de Grupos Infantiles y Juveniles; y el Decreto 128/1996, de 28 de mayo, por el que se regulan los Establecimientos de Alojamiento Turístico en el Medio Rural.
Otra materia que es preciso mencionar a la hora de abordar la problemática de las instalaciones dedicadas a residencias temporales de trabajadores agrícolas es la ordenación del territorio y el urbanismo.
Los planes territoriales y sectoriales con incidencia deberían presentar la posibilidad de introducir un uso residencial colectivo temporal vinculado a las labores de recolección y de producción de carácter temporal, especialmente en el sector vitivinícola y en el de la patata dentro del Territorio Histórico de Álava.
En ese sentido, sería de interés que el Plan Territorial Sectorial de Actividades Económicas, así como el de Suelos Agrarios, ambos en fase de redacción, contemplaran la necesaria vinculación de este tipo de uso con las actividades productivas del sector vitivinicultor, teniendo en cuenta la periódica e imprescindible aportación de trabajadores temporales.
Por otro lado, sería también deseable que el Plan Territorial Parcial de Rioja Alavesa, comarca donde se concentra la práctica totalidad del sector vitivinícola en Euskadi, y el Plan Territorial Parcial de Álava Central, donde se concentra la producción de patata, regularan el uso residencial temporal para alojamiento de trabajadores, vinculándolo, principalmente, a la existencia de tareas de recolección.
Esa inclusión del uso residencial temporal colectivo, a su vez, debería recogerse por los ayuntamientos donde existan este tipo de explotaciones agrícolas en los instrumentos de planeamiento básico, esto es, en sus normas subsidiarias.
Tal inclusión permitiría a los municipios controlar una realidad social existente, con tendencia a proliferar, o al menos perdurar, así como introducir elementos de policía urbanística que vinculasen la licencia municipal a la existencia y mantenimiento de instalaciones destinadas a residencia de temporeros, reuniendo las condiciones mínimas fijadas por el futuro decreto del Gobierno Vasco.
Si tomamos como referencia este diseño de distribución competencial, la problemática del alojamiento de los trabajadores temporales de las producciones de patata y vitivinícolas se podría abordar desde los siguientes instrumentos jurídicos:
1. Decreto del Gobierno Vasco a propuesta del Departamento de Agricultura, estableciendo la exigencia de que las explotaciones vitivinícolas y de la patata, al menos las de nueva creación y los proyectos de ampliación de las existentes, cuenten con instalaciones para alojar a los trabajadores temporales, en la proporción que se determine en función de las necesidades y capacidad de producción de cada explotación.
En este decreto se abordarían también los requisitos y condiciones mínimas que deberían reunir estas instalaciones:
– luz natural y ventilación adecuada;
– cama o litera con colchón ignífugo y taquilla;
– servicios higiénicos de ducha, lavabo y retrete por cada diez personas;
– cocina y fregadero alicatado, y mínimo equipamiento para cocinar;
– zona para comedor.
2. Decreto Foral de la Diputación Foral de Álava sobre convocatoria de ayudas para acondicionar las instalaciones para trabajadores temporales, cumpliendo los requisitos mínimos señalados por la normativa autonómica antes citada.
En este decreto se debería indicar que la concesión de cualquier ayuda, subvención o beneficio fiscal a la inversión en este sector se condiciona al cumplimiento de las determinaciones establecidas por el decreto del Gobierno Vasco sobre instalaciones de temporeros.
3. Recoger en los documentos estratégicos de ordenación del territorio la necesidad de prever este uso, como un elemento indispensable y vinculado a las explotaciones de la patata y vitivinícolas. Nos referimos, en concreto, al Plan Territorial Sectorial de Actividades Económicas (Plan Territorial Sectorial de Suelos Agrarios), Plan Territorial Parcial de la Rioja Alavesa y Plan Territorial Parcial de Álava Central.
4. Incorporar a la revisión de las normas subsidiarias de todos los municipios afectados el uso de vivienda colectiva temporal vinculado a las explotaciones agrarias. Asimismo, se deberían incorporar a las normas subsidiarias de planeamiento municipal los requisitos y parámetros mínimos que deben reunir tales instalaciones, de tal manera que, en caso de incumplimiento, fuera posible la intervención municipal utilizando los instrumentos de disciplina urbanística.