2.4. Los conceptos de autonomía y dependencia
La autonomía es definida en la LAAD como "la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria" (artículo 2.1).
La definición de dependencia recogida en el artículo 2.2 de la LAAD –"estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal"– es análoga a la recogida en la Recomendación número 98, de 18 de septiembre de 1998, del Comité de Ministros del Consejo de Europa.